martes, 7 de febrero de 2012

Para una fiscalización efectiva de los Estudios de Impacto Ambiental

Una de las principales razones por las que los Estudios de Impacto Ambiental son instrumentos con escasa credibilidad y confiabilidad, es la deficiente fiscalización del cumplimiento de dichos estudios que realiza la autoridad ambiental competente. Seguidamente, compartimos el artículo de la abogada especialista en Derecho Ambiental, Martha Inés Aldana en el diario Gestión Lima 06 febrero 2012




















Lima
Gestión. Existe gran expectativa de la población para que los proyectos de inversión cuenten con un estudio de impacto ambiental (EIA) que, entre otras cosas, establezca las medidas idóneas que logren minimizar sus impactos ambientales negativos y potenciar los impactos positivos del mismo.
Sin embargo, la fiscalización del cumplimiento de lo establecido en estos instrumentos de gestión ambiental es el factor clave que requiere de la mayor atención y cuidado a fin de  asegurar que lo allí señalado, en efecto, se haga realidad.
La fiscalización de las actividades minero-energéticas constituye piedra angular de la  efectividad  de los EIA.
Una fiscalización eficiente comienza  con un EIA que contenga obligaciones ambientales  fiscalizables claras, directas y no sujetas a interpretaciones diversas.
Al respecto, se debería contar con una versión final del estudio ambiental que compendie las diferentes observaciones formuladas a la versión original del mismo así como las respuestas emitidas para absolver tales observaciones donde se generan nuevas obligaciones ambientales fiscalizables.
Una vez aprobado el estudio, se realiza la supervisión en campo que comprende la etapa  constructiva, operativa y de cierre de la actividad; obteniéndose, de ser el caso, los medios probatorios requeridos para el desarrollo de las acciones de fiscalización y sanción a las que hubiere lugar.
Las multas, por su parte, para lograr su finalidad requieren ser disuasivas en su monto siendo necesaria, asimismo, la adopción de medidas administrativas que aseguren la recomposición del ambiente alterado.
Cabe indicar que la fiscalización comprende tanto el ejercicio de la potestad sancionadora como también la promoción del cumplimiento de la normativa ambiental.
En este sentido, se requiere fortalecer la institucionalidad en esta materia, actualmente a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) del Ministerio del Ambiente (en lo relacionado a la gran y mediana minería) no solo con recursos económicos sino también con mecanismos y herramientas que le permitan ejercer de la mejor manera tan importante función.

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