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miércoles, 14 de marzo de 2012
Madre de Dios: 3 muertos, 26 heridos y 60 detenidos dejó hoy como saldo paro minero
El titular del Ministerio del Interior (Mininter), Daniel Lozada, confirmó la muerte de 3 personas el día de hoy, producto del paro minero que se radicalizó en la madrugada de hoy. Asimismo, detalló que se registraron 26 heridos, entre ellos 9 policías, y un total de 60 detenidos.
Los fallecidos fueron identificados como Carlos Lanci Yumbato, Julio Ticona Medina y Francisco Areque Jipa, este último es nativo de la comunidad de San José del Karene.
Según Lozada, la Policía solo utilizó material disuasivo para mantener el orden público, mientras que los mineros ilegales “portan armas y elementos contundentes”. Respecto a las muertes, el ministro se comprometió a una pronta y profunda investigación.
Por otro lado, dijo que la situación en Madre de Dios está siendo controlada con los efectivos policiales destacados en la zona. Asimismo, aseguró que los mineros están actuando al margen de la ley, utilizando explosivos y materiales en contra del orden público.
“Quisieron tomar el aeropuerto, manifestantes tenían previsto cortar el puente Billinghurst. Quemaron un motocar y llantas”, manifestó en RPP.
MINISTRO DEL AMBIENTE Y PREMIER LAMENTARON INCIDENTES
El Ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal y el Presidente del Consejo de Ministros, Óscar Valdés, lamentaron los hechos ocurridos el día de hoy e invocaron al diálogo entre Gobierno y mineros de Madre de Dios.
“Invoco al diálogo como la única manera de solucionar nuestros problemas y construir un Perú sin violencia y con igualdad para todos”, dijo Pulgar-Vidal a través de la cuenta de Twitter del Minam (@MinamPeru).
Señaló además que “se aplicará todo el peso de la ley a los extractores mineros ilegales no considerados en el corredor minero”. “La formalización es el camino que deberán seguir aquellos que quieren hacer minería”, agregó
Por su parte, Valdés manifestó que “todos los peruanos debemos enfrentar con decisión la minería ilegal y facilitar la formalización de los mineros informales”.
“Protejamos nuestro medio ambiente y luchemos contra el crimen organizado, la trata de personas, la esclavitud infantil y el proxenetismo”, escribió en su cuenta de Twitter (@oscarevaldes).
Fuente: Noticia tomada de http://www.actualidadambiental.pe/
Fotos: RPP y Generación Verde
Falta de información genera desconfianza en los procesos de consulta previa
Consideraciones del coordinador regional del programa de Industrias Extractivas de Oxfam, Javier Aroca.
Lima 14 marzo 2012
En los procesos de consulta previa una de las principales preocupaciones de la población es la falta de información a las comunidades indígenas, afirmó Javier de Aroca, coordinador regional del programa de Industrias Extractivas de Oxfam.
“La población reacciona con mucha preocupación debido a la falta de información. Esta ley de consulta trae como una de sus etapas más importantes brindar toda la información a todos los actores”, aseguró, al comentar la exitosa consulta previa realizada por el Gobierno Regional de San Martín.
“Como pocas veces se ha realizado en el Perú, logramos identificar todos los aspectos del proceso, desde la construcción de la ordenanza, coordinación con los pueblos, estrategias de comunicación y reuniones con todas las partes. Se logró una ordenanza consensuada con todas las organizaciones involucradas”, afirmó Aroca.
Al referirse al caso de consulta en Tintaya (Cusco), el especialista indicó que el proceso tomó algunos años. “Se consultó a las comunidades campesinas de las provincias altas de Cusco y se logró un buen acuerdo, con participación de diverso actores, donde las comunidades campesinas se han visto reconocidas en sus derechos”.
Tanto el caso de San Martín como el del Cusco serán presentados esta tarde por el Programa de Industrias Extractivas y Programa de Derechos Indígenas e Interculturalidad de OXFAM en un seminario internacional que se desarrollará en el Hotel Sol de Oro, en Miraflores.
Fuente: tomado de www.inforegion.pe
martes, 13 de marzo de 2012
Arequipa: Reserva de Salinas y Aguada Blanca alberga 8 mil vicuñas
Zona intangible es principal productora de fibra de este camélido. Representa también potencial sistema hídrico de la ciudad de Arequipa
Foto: vicuñas en la Reserva Nacional de Aguada Blanca-Salinas
Autora: Marta Leonor Vidal García
Arequipa,12 de marzo 2012. El número de vicuñas se ha incrementado a 8 mil especies en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca (RNSAB), que comparten las regiones de Arequipa y Moquegua, convirtiendo a esta zona declarada intangible, por su riqueza en flora y fauna, en la principal productora de fibra de este camélido.
"Ahora generamos cerca del 70 por ciento de la producción de fibra de vicuña de toda la región Arequipa", remarca Arturo Cornejo, responsable de dicha reserva nacional, creada en 1979 para recuperar –como primer objetivo– las poblaciones de vicuñas diezmadas por la cacería furtiva.
En ese contexto, el biólogo precisó al Diario Oficial El Peruano que en 1980 uno de los primeros censos nacionales arrojó que en la reserva existían aproximadamente 1,300 vicuñas y esa cifra no creció hasta 2000. Ese año, una nueva encuesta registró alrededor de 1,370 animales.
El progresivo aumento de esta especie lo adjudica el experto al trabajo conjunto, desde hace más de diez años, del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), del desactivado Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos, y de los pobladores locales.
Mencionó también como uno de los principales factores el mejoramiento de los sistemas de control y vigilancia, que se consolidaron a través de los guardaparques del Sernanp, con el apoyo de los 15 comités de manejo de vicuña.
Sistema de vigilancia
Añadió que a los guardaparques se les capacita y proporciona equipamiento y uniformes para que sean más eficientes en la captura y esquila de vicuñas, lo que contribuyó al incremento de la producción y beneficios para la economía de los campesinos, así como al mejoramiento de pasturas para los camélidos silvestres.
Cornejo hizo hincapié en que la cacería furtiva disminuyó porque funcionó el sistema de vigilancia y control. Como ejemplo, citó que los guardaparques lograron capturar a los autores de la matanza de 15 vicuñas, a los cuales se les decomisó las pieles, armamentos y municiones.
Refirió que gracias al trabajo coordinado con la Fiscalía de Asuntos Ambientales de Arequipa, se logró que los cazadores permanezcan en la cárcel durante nueve meses para las investigaciones del caso, y en diciembre del año pasado se dictó sentencia.
"El juez dictó una condena de cuatro años de cárcel efectiva para el cabecilla de la banda y cuatro años de prisión suspendida para los otros dos miembros de la organización delincuencial. Dispuso el pago de una reparación civil de 40 mil dólares, según la valoración del animal (fibra, valor ecológico y reproductivo)."
Reforestación de la queñua
En cuanto al programa de reforestación de la especie queñua, en la ladera del nevado arequipeño Chachani, a 3 mil 600 metros de altitud, el experto refirió que se ha cumplido la meta de plantar el arbusto a lo largo de 60 hectáreas.
Agregó que en este quinquenio se continuará con esta acción, para recuperar los bosques que comprendían el Chachani, y mantener su diversidad biológica.
Cornejo subrayó, igualmente, que en la Reserva de Salinas y Aguada Blanca, que protege gran parte del río Chili, se encuentra el 80 por ciento de todo el sistema de regulación hídrica que abastece de agua a la ciudad de Arequipa y alrededores, para las actividades de agricultura, comercio e, incluso, minera.
"En los últimos cinco años, trabajamos construyendo pequeños embalses en áreas estratégicas para retener el agua de las lluvias que no se almacena en las represas grandes. El fin es recuperar los acuíferos –depósitos subterráneo de agua–, así como la cobertura vegetal", acotó el funcionario.
A la fecha cuentan con alrededor de 25 micropresas construidas, y almacenan un poco más de dos millones de metros cúbicos de agua.
En una primera etapa, el trabajo se ha desarrollado con financiamiento del Banco Mundial (BM), a través del Fondo de Promoción de las Áreas Protegidas (Profonanpe), además de la inversión de la ONG Desco. El monto asciende a más de un millón y medio de dólares.
Costo
El precio de venta de la fibra de vicuña es variable. En los mejores momentos llegó a cerca de 850 dólares por kilo, pero en 2010 -porque el año pasado no se vendió- alcanzó los 415 dólares el kilo de fibra sucia, dio a conocer Cornejo.
Este año, los comités de manejo de vicuñas conformaron la Asociación de criadores de esta especie, así como de guanacos, y realizan una intensa labor para llegar a vender la fibra en aproximadamente 600 dólares el kilo.
La fibra de vicuña se comercializa en el país a través de varias empresas, que la venden como prendas, sobre todo a Europa.
Fuente: Nota tomada de www.elperuano.com.pe
miércoles, 7 de marzo de 2012
Lavadores de oro contaminan ahora al río Apurímac.
Luis Dorregaray de la Municipalidad de Kimbiri afirma que ya hay un denunciado por el tema.Kimbiri - VRAE 06 marzo 2012
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KIMBIRI - VRAE
El río Apurímac es contaminado por los narcotraficantes del VRAE que diariamente arrojan los insumos químicos utilizados en la elaboración de la pasta básica de cocaína. Sin embargo, a este lento envenenamiento se le ha sumado una nueva amenaza, la de los lavadores de oro.
Luis Dorregaray Alvarado, asesor legal de la Municipalidad de Kimbiri, informó esta mañana a INFOREGIÓN, que el 31 de enero último, se realizó un operativo en la zona conocida como Huilcapampa conjuntamente con la Fiscalía de Ayna – San Francisco, personal de salud y de la Autoridad del Agua.
Luego de tomar las muestras correspondientes en el río y en coordinación con la Fiscalía especializada en Delitos del Medio Ambiente de Ayacucho, la autoridad determinó que existían altos índices de contaminación del Apurímac con plomo y otros químicos.
Ante ello, el Ministerio Público procedió a denunciar a Jesús Cabrera Contreras y ha solicitado a la Comisaría de San Francisco ampliar la investigación para la realización del atestado policial correspondiente. “Esperamos que el Poder Judicial lo sancione ejemplarmente para evitar este tipo de actividades que dañan nuestro medio ambiente”, dijo Dorregaray a INFOREGIÓN.
El funcionario también señaló que, a fines del 2012, se descubrió que en la zona donde funcionó al antiguo aeropuerto en Kimbiri, dos menores de edad hacían el lavado del oro en el río. Con el apoyo del Ministerio Público, el sector salud y de la Autoridad del Agua se tomaron las muestras que el procedimiento exige. Los análisis realizados dieron determinaron altos niveles de contaminación del agua con plomo y otros minerales. Lastimosamente no se pudo detener ni denunciar a nadie entonces por descoordinaciones con la Policía.
Dorregaray Alvarado alertó a la población a que tengan cuidado con los pescados del río Apurímac que se venden en los diversos mercados de la zona porque también se ha comprobado que están contaminados.
Fuente: Noticia tomada de Inforegión. Agencia de Prensa Ambiental http://www.inforegion.pe
martes, 6 de marzo de 2012
Perú: Propuesta de Reglamento de Ley de Consulta sin consenso envían al Ejecutivo
La mayoría de medios destacan la firma del acta pero no los desacuerdos en el texto. Foto: Carlos Lezama, Agencia Andina
- Queda en manos de la PCM resolver las divergencias de fondo planteadas por las organizaciones indígenas.
Servindi, 6 de marzo de 2012.- La Comisión Multisectorial encargada de proponer un proyecto de Reglamento de la Ley de Consulta anunció ayer la culminación de su labor suscribiendo un acta final (enlace a texto preliminar, no oficial) a pesar que el texto borrador no fue consensuado finalmente con ninguna organización indígena nacional.
La agencia oficial de noticias Andina y la mayoría de medios masivos destacaron hoy que el acta final fue firmada por dos organizaciones indígenas pero ocultan que en el acta ambas organizaciones dejaron sentadas sus discrepancias sobre aspectos fundamentales.
La Confederación Campesina del Perú (CCP) y la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP) son las únicas organizaciones que culminaron su participación en el proceso pero dejando muy en claro sus divergencias de fondo con la propuesta del Ejecutivo.
Uno de los aspectos fundamentales exigidos por todas las organizaciones indígenas se refiere a situaciones en las que de acuerdo al derecho internacional y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se requiere necesariamente el consentimiento libre, previo e informado.
Tanto la CCP como la CONAP dejaron constancia de la necesidad de incorporar las referencias a la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la jurisprudencia nacional e internacional y la interpretación de los órganos internacionales de protección de los derechos humanos en los artículos donde se mencione la base legal del derecho a la consulta.
La CCP insistió en que de manera expresa y no condicional se reconozca a las comunidades campesinas y nativas como pueblos indígenas u originarios.
Asimismo, que la consulta se realice antes de otorgar “cualquier derecho” para aprovechar recursos en territorios indígenas y no solo cuando se cuando faculte el inicio de las actividades de exploración y explotación.
La sesión estuvo presidida por el ministro de Cultura, Luis Alberto Peirano y contó además con la participación del viceministro de interculturalidad, Iván Lanegra. El presidente de la Comisión Multisectorial, Víctor Caballero estuvo ausente de la reunión.
Como es sabido, las cuatro organizaciones que integran el Pacto de Unidad -y que también integraban la Comisión Multisectorial- decidieron no participar del proceso por considerar como condición para el reglamento modificar previamente algunos artículos de la Ley de Consulta Previa.
La CCP reiteró su posición de plantear la modificación de algunos artículos de la Ley de Consulta Previa al Congreso de la República, después de la dación del reglamento, pues este es considerado un instrumento adecuado para avanzar en el proceso democrático.
Por su parte la CONAP reiteró que la Ley de Consulta es una norma perfectible, considerando al reglamento un instrumento adecuado para perfeccionarla. En este sentido dejó expedito su derecho de participar en la búsqueda futura de la modificación de artículos específicos de la Ley.
Al respecto, Iván Lanegra, Viceministro de Interculturalidad, sostuvo que no fue tarea de la Comisión Multisectorial evaluar una posible modificación a la Ley de Consulta Previa, sino presentar una propuesta de reglamento apelando al consenso de todos los sectores involucrados.
“Ese es un tema que deberá ver el Congreso en su momento. La comisión fue creada a pedido de las organizaciones nativas y ha cumplido sus fines y ha hecho una labor adecuada, buscando escuchar e incorporando las propuestas de todos sus miembros”, remarcó.
Lanegra indicó que ahora corresponde analizar la propuesta al Ejecutivo para su aprobación final. De esta manera la Comisión Multisectorial declaró finalizada su labor dejando la resolución de las controversias fundamentales en manos de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
El citado Pacto de Unidad está conformado por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) -la organización más grande y representativa de los pueblos amazónicos-, la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Confederación de Comunidades Afectadas por la Minería (Conacami) y la Organización Nacional de Mujeres Indígenas ONAMIAP.
El Pacto de Unidad anunció hace días en conferencia de prensa que acudiría a diversas instancias nacionales e internacionales a fin de exigir que el derecho a la consulta se ejerza de acuerdo al propio Convenio 169 de la OIT y los estándares jurídicos internacionales.
La comisión multisectorial se instaló el 22 de noviembre de 2011 y desarrolló seis encuentros macrorregionales y un encuentro nacional para una etapa de evaluación interna de las comunidades indígenas.
El proceso ha recibido fuertes críticas de diversos sectores y especialistas debido a que si bien la Ley de Consulta tenía aspectos superables la propuesta de reglamento del Ejecutivo no solo fue provocadora sino que en palabras del experto jurista español Bartolomé Clavero “fue peor que insuficiente”.
La falta de confianza y una adecuada conducción del proceso derivó asimismo en que las posiciones indígenas se diversificarán entre quienes querían un reglamento modificado, otras forzaron a proponer un cambio de la Ley y hubo quienes insistieron en demandar un cambio de Constitución Política.
—Agregados de la Confederación Campesina del Perú (CCP) y la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP) al acta final
La CCP considera importantes a ser incorporados en la redacción del acta final del Reglamento de la ” Ley de Derecho a la Consulta previa a los pueblos indígenas u originarios , reconocidos en el convenio 169 OIT”, No 29785, precisando que los demás textos incluidos en la redacción del acta mantiene su vigencia.
La definición que propone la CCP para dicho artículo es la siguiente:
“Medida administrativa:
Normas reglamentarias de alcance general, así como el acto administrativo o contrato administrativo destinados a afectar los intereses y/o derechos de los pueblos indígenas dentro de una situación concreta.”
2.- Definición de Pueblos Indígenas y Sujetos del Derecho a la consulta (artículo 3 inc. K y artículo 7)
La CCP señala la necesidad de reconocer a las comunidades campesinas y comunidades nativas como pueblos indígenas. En ese sentido plantea:
“LAS COMUNIDADES CAMPESINAS Y COMUNIDADES NATIVAS SON PUEBLOS INDÍGENAS”.
3.- Consulta Previa y Recursos Naturales (artículo 6)
La propuesta del Estado peruano es que se realice la consulta cuando se faculte el inicio de las actividades de exploración y explotación. La CCP considera que en esta propuesta no se incorpora el acto administrativo de la Concesión, que es la figura que otorga derechos a los inversionistas para explorar y explotar los recursos naturales de la nación. En ese sentido planteamos que:
“LA CONSULTA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS DEBE DARSE ANTES DEL OTORGAMIENTO DE CUALQUIER DERECHO, PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES EN TERRITORIO INDÍGENA”.
La CCP considera que para el caso del CONSENTIMIENTO debe tomarse en cuenta lo establecido en el Convenio 169 de la OIT y lo establecido en la jurisprudencia internacional de la Corte Interamericana.
EN ESE SENTIDO LOS SUPUESTOS EN LOS QUE ES NECESARIO LOGRAR EL CONSENTIMIENTO SON:
- CUANDO SE REQUIERE SER TRASLADADOS Y/O REUBICADOS, POR LA IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS DE GRAN INVERSIÓN (DESPLAZAMIENTOS INTERNOS)
- ALMACENAMIENTO O DEPÓSITO, ELIMINACIÓN O DESECHO DE MATERIALES PELIGROS O TÓXICOS EN TERRITORIO INDÍGENA.
- DECISIONES QUE PUEDAN AFECTAR, REDUCIR O EXTINGUIR LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDÍGENA.
- CUANDO PUEDA AFECTARSE TERRITORIOS DE PUEBLOS EN AISLAMIENTO Y CONTACTO INICIAL.
5.- Del Plan de Consulta (artículo 16)
El plan de consulta debe contar con mecanismos de participación de las organizaciones indígenas, sus sugerencias serán vitales para la realización de un mejor proceso y con mayor legitimidad. Por lo tanto propone:
QUE EL PLAN DE CONSULTA DEBE SER ELABORADO EN FORMA CONJUNTA ENTRE LA ENTIDAD PROMOTORA Y LA ORGANIZACIÓN REPRESENTATIVA INDÍGENA.
6.- Etapa de evaluación interna (artículo 19°In.4)
En el artículo referido a la evaluación interna, se señala la obligación de las organizaciones de presentar un documento o de manera verbal sus opiniones frente al motivo de la consulta, el texto del gobierno señala, que de no hacerlo se acabaría la etapa de dialogo, frente a ello la CCP, plantea que:
LA ENTIDAD PROMOTORA, DE NO RECIBIR DICHO DOCUMENTO, ADOPTARÁ MEDIDAS PARA TRATAR DE TOMAR CONOCIMIENTO DE LOS RESULTADOS DE LA ETAPA DE EVALUACIÓN INTERNA.
19.4. B: EN CASO QUE LAS ORGANIZACIONES NO PRESENTEN UNA PROPUESTA VERBAL O ESCRITA, LA ENTIDAD PROMOTORA CONVOCARÁ A REUNIÓN A LOS LÍDERES DE LAS ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS PARA CONOCERLA O SABER LOS MOTIVOS DE LA FALTA DE ELLA. LA ENTIDAD PROMOTORA ELABORARÁ UN INFORME EN EL QUE CONSTE EL RESULTADO DE LA REUNIÓN.
La CCP señala que los pueblos indígenas deben ser los beneficiarios directos de las rentas, ganancias o utilidades que reporten las actividades de explotación de los recursos naturales, renovables y no renovables, que se realicen en su ámbito geográfico, conforme a los mecanismos establecidos por la Ley, así como mediante los mecanismos que acuerden los pueblos indígenas con los titulares de los proyectos de inversión.
Por lo tanto la CCP considera que el texto “SIEMPRE QUE SEA POSIBLE” debe ser retirado y reemplazado por “DEBEN PARTICIPAR EN LOS BENEFICIOS”, para cumplir con lo acordado en el Convenio 169 de la OIT.
Además la CCP reitera la necesidad de modificar algunos artículos de la Ley de 29785, para mejorar los derechos de los pueblos indígenas y originarios del país y en concordancia con el Convenio 169 de la OIT. Propuestas que entregaremos próximamente al Congreso de la Republica.
Solicitamos se adicione de manera literal en el Texto del Reglamento:
1.- Respecto del artículo 6 CONAP solicita se especifique que la posición de sus bases regionales es que la consulta sea previa a la aprobación de los actos administrativos que otorguen derechos a explorar y explotar recursos naturales como es el caso de la resolución de Presidencia de INGEMET que otorga el título de concesión.
Así mismo la consulta debe ser previa a la celebración de contratos que otorguen derechos a explorar o explotar recursos naturales, como es el caso de contratos de concesión minera para grandes proyectos, concesiones forestales y contratos de licencia para la exploración o explotación de hidrocarburos.
Evidentemente también deben haber consultas antes de la aprobación de estudios de impacto ambiental, al margen de su denominación ( EIAs, estudios de factibilidad u otros nombres que puedan establecerse en la normatividad ambiental)
2.- Respecto de los artículos relacionados con la etapa de evaluación interna y etapa de diálogo CONAP enfatiza que su desacuerdo con la propuesta del Poder Ejecutivo es porque consideramos que la puerta para el diálogo con las organizaciones debe estar abierta (hasta un plazo máximo) aun cuando no hayan presentado una propuesta escrita o verbal como resultado de la evaluación interna, en tanto el objetivo fundamental de un proceso de consulta es buscar alcanzar acuerdos o lograr el consentimiento.
3.- La consulta debe realizarse respecto de afectación directa o indirecta a nuestros derechos.
4.- CONAP EXHORTA a PCM a respetar e incorporar estas propuestas puesto que obedecen al sentir genuino de nuestras bases, garantizando de manera efectiva los derechos de los Pueblos Indígenas Amazónicos que representamos.
Fuente: Nota tomada de http://servindi.org/
sábado, 3 de marzo de 2012
Aprueban medidas para controlar insumos químicos usados por la minería ilegal
Serán sometidos a fiscalización el mercurio, cianuro de potasio, cianuro de sodio, hidrocarburos, gasolinas y gasoleos, entre otros.
Lima
El Consejo de
Ministros aprobó un decreto legislativo que establece las medidas de
control y fiscalización en la distribución, transporte y
comercialización de insumos químicos, para evitar que lleguen a la
minería ilegal.
Después de culminada la sesión número 41 y en conferencia de prensa
que fue encabezada por el jefe de gabinete ministerial, Oscar Valdés, el
ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, explicó que la norma que
crea un nuevo sistema de control y fiscalización involucra la
participación de diversas instituciones estatales, las cuales recibirán
mayores competencias para cumplir ese encargo.
Así, se reforzará la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria (Sunat), la que profundizará las acciones de control
tributario y aduanero relacionado con los productos químicos.
Igualmente, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y
Minería (Osinergmin), participará en la supervisión de la
comercialización de combustible mientras que el Ministerio de Producción
asumirá la tarea del control de insumos químicos y productos
fiscalizados.
Castilla explicó que el sistema incluye además, la participación activa de las Fuerzas Armadas y el Ministerio Público.
“La norma establece un marco donde se le dan mayores competencias a
la Sunat para fortalecer la fiscalización y control de ingresos y
permanencias del transporte y salida de insumos químicos destinados a
las actividades de la minería ilegal”, indicó.
Precisó que entre los insumos químicos que serán sometidos a
fiscalización se encuentran el mercurio, cianuro de potasio, cianuro de
sodio así como hidrocarburos, gasolinas y gasoleos, entre otros.
El funcionario detalló que el decreto legislativo establece rutas
fiscales, señaladas por el portafolio de Transportes, y que serán las
únicas autorizadas para el traslado de los mencionados químicos.
Señaló que el decreto crea un mecanismo de seguimiento y monitoreo
con la instalación de GPS en los vehículos de transporte que trasladen
insumos, y señala la obligación de proporcionar información a Osinergmin
y al Ministerio de Energía y Minas para la respectiva fiscalización.
Fuente: Noticia tomada de Inforegion: Agencia de Presnsa Ambiental http://www.inforegion.pe
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